Micelio
Auto29 de marzo de 2001

A- de 2001

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Beltran Ballesteros Mario·Demandado Ecsa Ltda

Tema · dato duro
Solicitud Nulidad Por Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
  • Suspensión del decreto que establece reglas de competencia para reparto de la acción de tutela
5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en la acción de tutela presentada por el ciudadano de la referencia contra la Empresa Comercial del Servicio de Aseo Ltda., ECSA, a partir del auto proferido por el Juzgado 1 Civil del Circuito de Bogotá el 4 de septiembre de 2000, toda vez que el citado despacho judicial aplicó lo dispuesto en el Decreto 1382 de 2000, norma que es manifiestamente contraria a la Carta Política.

En consecuencia, se remitió el expediente al mencionado Juzgado para que realice el trámite que corresponda conforme a la ley.

Una vez cumplido lo anterior, regrese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar la nulidad de todo lo actuado en la acción de tutela presentada por Mario Beltrán Ballesteros contra la Empresa Comercial del Servicio de Aseo Ltda., ECSA, a partir del auto proferido por el Juzgado 1 Civil del Circuito de Bogotá el 4 de septiembre de 2000 (folio 12 del expediente).
  2. Segundo. REMITASE el expediente de la referencia al Juzgado 1 Civil del Circuito de Bogotá, para que, en forma inmediata, le imprima a esta acción de tutela el trámite que corresponda conforme a la ley.
  3. Tercero. Una vez cumplido lo anterior, regrese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.